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Desde la pragmática del Rey Felipe III promulgada en Madrid en 1609, España ha venido regulando el uso de condecoraciones extranjeras por parte de los ciudadanos españoles. Pero hay que esperar hasta 1815, fin de la Guerra contra Napoleón para ver un Real Decreto que regule efectivamente el uso de las mismas.
Por Real Decreto de 7 de diciembre de 1824 sobre uso de condecoraciones españolas o extranjeras se reforma el de 1815, poniendo orden al desbarajuste causado en este asunto particularmente durante el trienio liberal (1820-1823), según se expone en su preámbulo.
La efeméride del día de hoy trata del Real Decreto de 8 de abril de 1879 por el que se indica que “nunca se concederá autorización para el uso de condecoraciones extranjeras si previamente no están formalmente concedidas por el Soberano del país que las conceda y en ningún caso si la nación no es cristiana de acuerdo con los usos y costumbres de Europa”. Esto da una idea de cierto abuso en el uso de condecoraciones extranjeras por aquel tiempo y que para usarlas había que pagar una cantidad que se destinaba a fines sociales.
Por Real Orden de 1912 se faculta al personal de la Armada el uso de condecoraciones extranjeras autorizadas por el citado Ministerio.
A lo largo de los reales decretos desde 1824 hasta el de 1916 que ha durado largo tiempo, la intención última de la normativa era atajar el abuso de condecoraciones extranjeras y la aparición de presuntas órdenes, civiles o militares extranjeras que eran de dudosa legalidad. Es por ello que en 1916 y en relación con las Ordenes Militares extranjeras se acuerda expresamente y exclusivamente el uso de las insignias de las Órdenes históricas extranjeras que fueron “tuteladas por la Corona de España” o se hallan “estrechamente vinculadas a su historia”, como la Militar Orden de San Juan de Jerusalén, también llamada de Malta, y la Orden del Santo Sepulcro de Jerusalén.
Como consecuencia de la participación de España como miembro de pleno derecho en Organismos Internacionales como la ONU, OTAN, UEO y UE y en particular como resultado de las operaciones de las Fuerzas Armadas a partir de 1992 en el exterior, en el año 1995 se regula el uso de las condecoraciones OTAN, en 1996 las de la UEO y finalmente en 2006 las de operaciones de la Unión Europea. La normativa actual para el uso de condecoraciones extranjeras por españoles viene recogida por Orden de 27 de marzo de 2019.
Por último, una condecoración extranjera que merece una referencia especial es la correspondiente a la “Orden de la Medhuania”, creada en 1926 y que otorgaba el Jalifa, representante del Sultán de Marruecos en el Protectorado español, la facultad de recompensar a todos aquellos, civiles o militares, que habían demostrado unos méritos y dedicación sobresaliente al Protectorado. Con la independencia de Marruecos y el fin formal del Protectorado en 1956 se anula la Orden Jalifiana de la Medhuania que ostentaron militares españoles.