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Inauguración del curso académico 2022-2023

La lección inaugural corrió a cargo del Magistrado del Tribunal Supremo Manuel Marchena Gómez

Por acuerdo de la junta directiva de la Academia de las Ciencias y las Artes Militares se encomendó dictar la lección inaugural del curso académico 2022-2023, habiéndolo aceptado, al Excmo. Sr. D. Manuel Marchena Gómez, presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

El acto comenzó con la apertura de la sesión por el presidente de la academia, general de Ejército Jaime Domínguez Buj, quién otorgó la palabra al secretario de la institución, general de división Manfredo Monforte. Este realizó una breve exposición sobre las actividades de la academia en el curso pasado y las previsiones de eventos y actividades para el nuevo curso que se presenta.

Tras él, el vicepresidente 1º, general de división Juan A. Moliner, presentó al magistrado Manuel Marchena Gómez, glosando sus elevadas cualidades humanas y profesionales, así como su relación con las fuerzas armadas como hijo de militar y cómo la ha mantenido a lo largo de su peripecia vital y jurídica.

En su intervención, una auténtica lección inaugural magistral, el magistrado expuso, de forma verbal y sin ningún apoyo escrito, diversos y variados aspectos sobre la necesidad de reflexionar y hacer frente a los retos que los sistemas apoyados en la Inteligencia Artificial presentan en el campo jurídico y, especialmente, en el ámbito penal.

Comenzó reflexionando sobre la falta de cuestionamiento sobre el mensaje, verdaderamente revolucionario, que encerraba la Ley de Enjuiciamiento Criminal entre sus preceptos. Aseveró que basta una lectura de su Exposición de Motivos, tantas veces elogiada, para concluir que la entrada en vigor del texto de 1882 implicó un cambio radical en los principios y en la práctica hasta entonces imperantes en el proceso penal.

Su estructura sistemática originaria ha sufrido el impacto de sucesivas reformas parciales que han tratado de adaptar el viejo edificio a las nuevas necesidades que el tiempo iba poniendo de manifiesto. La literalidad de sus preceptos ha sido modulada para hacerla compatible con una jurisprudencia constitucional y del Tribunal Supremo en continua evolución. Todo ello, aseveró el juez Marchena, ha contribuido a forjar un entramado normativo al que falta firmeza y a consolidar un texto que cada vez se ha ido distanciando más de la práctica procesal que aspiraba inicialmente a regular. Pese a ello, el desorden sistemático y la falta de unidad lógica en el conglomerado de normas jurídicas llamadas a reglar el proceso penal no han sido obstáculos para una actividad jurisdiccional que ha contribuido a consolidar lo que se ha calificado como una verdadera lectura constitucional del proceso penal.

Sin embargo, la elasticidad de los preceptos históricos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal de 1882 tiene un límite. El tempo lento de la sociedad que alumbró la histórica versión de ese texto nada tiene que ver con la velocidad a la que se suceden los acontecimientos de nuestros días. Ya no se trata de aludir a la evolución del pensamiento jurídico, sino a algo mucho más práctico, relacionado con el impacto de las nuevas tecnologías. Y es que los avances científicos ligados a las nuevas formas de comunicación telemática, el tratamiento de datos y las soluciones algorítmicas ponen al alcance del delincuente una metodología hasta ahora inimaginable para obtener ventajas en la ansiada impunidad del delito.

Ante esa realidad el Estado no tiene otra alternativa que luchar contra los nuevos fenómenos delictivos sin descartar la utilización de instrumentos dominados por la inteligencia artificial, de intenso poder de injerencia en la vida privada de los ciudadanos. Es aquí donde, según Manuel Marchena, surge el problema. La capacidad de los delincuentes para valerse de las ventajas que ofrecen las nuevas tecnologías es paralela al poder del Estado para entrometerse en el espacio de privacidad que cada ciudadano reivindica frente a los poderes públicos.

El legislador español no ha sido diligente a la hora de dar respuesta a ese desafío. La imparable progresión de las nuevas realidades tecnológicas ha demostrado la insuficiencia de aquel cuadro normativo. La evolución de la sociedad decimonónica nada tiene que ver con el ritmo al que se suceden los avances, hasta el punto de que hoy se ha llegado a hablar de un verdadero tsunami digital.

La sociedad actual es la sociedad del tratamiento automatizado de datos, la del conocimiento privilegiado de los perfiles de todos aquellos a los que la evolución nos ha incorporado a un mundo interconectado, telemático, en el que nos movemos dejando trazas de identidad personal que nos etiquetan para siempre.

Un modelo de sociedad que avanza a una velocidad vertiginosa hacia un destino todavía incierto, pero de cuya realidad no es fácil abdicar, a menos que voluntariamente renunciamos a las inimaginables ventajas que nos ofrece la sociedad digital del futuro o, lo que es peor, que aceptemos convertirnos en dependientes tecnológicos. La renuncia generacional para sumarse a las posibilidades que ofrece la inteligencia artificial será también una renuncia a aprovecharse de las utilidades que ya están entre nosotros y que empiezan a vislumbrarse en un futuro no especialmente lejano.

Finalizó su intervención, el magistrado Marchena, resaltando que por más que persistan encomiables actitudes de resistencia frente a la voluntaria entrega de datos que se deriva del uso de las nuevas tecnologías, el futuro no va a permitir la construcción de dos modelos de convivencia en paralelo. De una parte, una sociedad ajustada al ideal clásico, convencional, llamada a acoger a ciudadanos que luchan cada día por no ceder espacios de privacidad y, por otro lado, una sociedad en la que las nuevas tecnologías imponen sus propias razones y obligan a la renuncia de conquistas históricas.

Tras los prolongados aplausos que mereció esta magnífica disertación, el acto finalizó con la interpretación del Himno Nacional.

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